En los últimos años las acciones judiciales encaminadas a solicitar la nulidad de las cláusulas contractuales que imponían al prestatario de un préstamo con garantía hipotecaria el pago de la práctica totalidad de los gastos e impuestos devengados, tanto por la constitución, como por la cancelación del préstamo hipotecario y la consiguiente solicitud de devolución de lo indebidamente cobrado por tales conceptos, ha generado una importante litigiosidad, fijando la Sala 1ª del TS doctrina sobre la materia en sus sentencias de 23 de enero de 2019, doctrina que dio lugar al planteamiento de varias cuestiones prejudiciales planteadas por diversos tribunales españoles, dictando el TJUE la sentencia de 16 de julio de 2020, asuntos acumulados C-224/19 y C-259/19 (ECLI:EU:C:2020:578).
Posted by: Legalban
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Post Date: 21 de diciembre de 2020
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